
La directiva encabezada por Carlos Jordá seguirá al frente de Citgo (Foto Citgo)
Un ejemplo de las limitaciones o restricciones que tiene el gobierno de Delcy Rodríguez para actuar en materia de hidrocarburos, pese a la flexibilización de sanciones, quedó en evidencia con la Licencia General Nº 52C de la Oficina de Control de Activos Extranjeros del Departamento del Tesoro de los Estados Unidos (OFAC).
Una de las modificaciones que tiene este permiso con respecto a la Licencia General Nº 52B está justamente en prohibir expresamente al Ministerio de Hidrocarburos y/o a Petróleos de Venezuela (PDVSA) hacer modificaciones en el cuadro directivo y en las directrices de sus filiales registradas en los Estados Unidos.
“La Licencia General Nº 52 C no autoriza cualquier transacción destinada a afectar o alterar la gobernanza de PDV Holding, Citgo Holding o CITGO Petroleum, incluido el nombramiento, la destitución o la sustitución de cualquier director, funcionario u otro responsable de la gobernanza corporativa”, señala expresamente la OFAC.
Esto implica que el gobierno de Delcy Rodrígueza debe acatar que se mantenga la directiva que encabeza Carlos Jordá como presidente ejecutivo y que por parte de PDVSA el único vínculo con Citgo es mantener una relación comercial solo para la venta de crudo sin que pueda recibir el pago porque el mismo debe depositarse en el Fondo de Depósitos de Gobiernos Extranjeros que tiene bajo custodia el Departamento del Tesoro.
También obliga expresamente a reportar de forma detallada al Departamento de Estado y al Departamento de Energía cualquier exportación de crudo o petroquímicos dirigidos a destinos fuera de los Estados Unidos.
El referido permiso, no obstante, sí mantiene disposiciones que viene de las versiones anteriores de esta licencia como el autorizar a PDVSA a realizar transacciones financieras o contratos en los Estados Unidos bajo la condición que la resolución de controversias se realice en los Estados Unidos, Reino Unido, Francia y Singapur y que los pagos que se reciban -incluidos los de regalías- sean depositados en el Fondo de Depósitos de Gobiernos Extranjeros.
La LG Nº 52 también mantiene la prohibición para cualquier transacción que involucre a una persona o empresas de China, Rusia, Irán, Corea y Cuba.
PUBLICADO: 15 de septiembre de 2026











